Por cuanto para el día de hoy, 10 de Noviembre de 2008, a las NUEVE DE LA MAÑANA (09:00 AM), se encuentra prevista la celebración de la Audiencia Preliminar Prolongada, y por ocupaciones preferentes, éste Tribunal en aras de cumplir con la finalidad de la primera fase del proceso laboral, la cual es la Mediación y Conciliación, acuerda lo solicitado, ordena REPROGRAMAR la prolongación de la Audiencia Preliminar, para el VIERNES VEINTISIETE (27) DE NOVIEMBRE DE 2008 a las DIEZ DE LA MAÑANA (10:00 AM). No se notifica a las partes por cuanto se encuentran a derecho de conformidad con el artículo 7 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.