Por las razones anteriormente explanadas y en virtud de que en la presente causa NO SE PRESENTARON TERCEROS AFECTADOS en la oportunidad concedida en el mismo, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO presentada por la ciudadana DAMELIS MARÍA SEGURA PULIDO, ya identificada, debidamente asistida de abogado, contra su cónyuge, ciudadano JOSÉ RAFAEL PERDIGÓN SÁNCHEZ, anteriormente identificada, se DECLARA LA DISOLUCIÓN DEL VÍNCULO MATRIMONIAL CONTRAIDO ENTRE ELLOS el día Catorce (14) de Febrero de 2021, por ante el Registro Civil del Municipio Autónomo San Felipe del Estado Yaracuy, según comprobación que se hizo con la copia certificada del Acta de Matrimonio signada con el Nº 009, Folio 009, Tomo I, Año 2021.
PUBLÍQ.....