declara SIN LUGAR, la inhibición formulada por la abogado MARÍA DE LOURDES CAMACARO DE AULAR, en su carácter de Juez Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial.
En consecuencia este Juzgado Superior cambia el criterio asumido en decisión de fecha 21 de marzo de 2006. De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 93 del Código de Procedimiento Civil la juez inhibida continuará conociendo del proceso.