En mérito a lo expuesto esta Juzgadora, Administrando Justicia en Nombre de La Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: CON LUGAR la demanda presentado por la Fiscal Séptima del Ministerio Público, con competencia en el Sistema de Protección del Niño y del Adolescente, Civil y Familia de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando la abogada Wendy Nathaly Miro Mieres, actuando en nombre y representación de los niños "Identidad Omitida de conformidad con el art. 65 de la LOPNNA", en la cual solicita la DETERMINACIÓN DE CUSTODIA de los niños ya identificados del ciudadano SIXTO ALFREDO TOVAR LÓPEZ, en contra de la progenitora de los niños ciudadana ARACELIS COROMOTO VASQUEZ NAVAS. Debiendo los niños "Identidad Omitida de conformidad con el art. 65 de la LOPNNA" continuar bajo la Custodia de su legítima madre ciudadana ARACELIS COROMOTO VASQUEZ NAVAS, manteniendo los padres de manera conjunta la Responsabilidad de Crianza. Se exhorta a ambos .....