PRIMERO: CON LUGAR el recurso de APELACION recurso de apelación interpuesto en fecha 20/03/2018, por la apoderada judicial de parte demandante recurrente SINDICO PROCURADOR del MUNICIPIO SIMON PLANAS del Estado Lara, contra la sentencia de fecha 13/03/2018, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Lara.
SEGUNDO: se declara CON LUGAR la Nulidad de la Providencia administrativa Nº 00467, de fecha 30 de abril de 2009, emanada de la Inspectoría del Trabajo "PÍO TAMAYO", de Barquisimeto, Estado Lara, que declaró con lugar la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos incoada por la ciudadana BEATRIZ DEL CARMEN AGÜERO OLIVO en el asunto Nº 005-2008-01-00092.
TERCERO: No hay condenatorias en costas, dada la naturaleza de este asunto
QUINTO: Se ordena notificar de la presente decisión al Sindico Procurador de la República conforme al artículo 153 de la Ley del Poder Publico Municipal.
SEXTO: Se orden.....