Declara INADMISIBLE EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto en fechas 30 de junio y 16 de julio de 2008 por la representación judicial de la parte demandada que fue admitido por auto de fecha 30 de julio de 2008 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy. En consecuencia, se declara firme el fallo de fecha 17 de junio de 2008.