SEGUNDO: Oída la solicitud del Ministerio Publico, en cuanto a la medida de coerción y los alegatos de la defensa, este Tribuna observa, que efectivamente se reúnen los requisitos del articulo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, y si bien es cierto, como lo dijo la defensa parte del basamento para la manutención de la medida presentada por la fiscalía lo constituyen actas de entrevistas, existen dentro de las mismas, un testigo clave quien es parquero y compañero laboral del imputado, además, de las experticias y el acta de inventario del material existente en el Parque Nacional de Armas y Explosivos, coincide con el material sustraído por el imputado del lugar de los hechos, aunado a todo esto al contenido del articulo 251 eiusdem, se toma en consideración, la magnitud del daño causado y la pena que pudiese llegar a imponer en el caso e igualmente siendo un hecho comunicacional, el hecho que en el Estado Venezolano se han proliferado delitos cuyo objeto utilizado son los explosivo.....