..., declara PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto el 4 de marzo de 2013 por el demandado de autos asistido por el abogado Emilio José Zamar Gutiérrez, inscrito en Inpreabogado bajo el N° 56.021, contra la decisión dictada el 28 de febrero de 2013 por el Juzgado de los Municipios Sucre, La Trinidad y Arístides Bastidas de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, que declaró con lugar la demanda de resolución de contrato de compra-venta y daños y perjuicios derivados de la acción resolutoria incoada. SEGUNDO. Como consecuencia de haberse declarado por esta instancia superior la falta de postulación se declara INADMISIBLE la acción de Resolución de contrato de compra-venta y daños y perjuicios derivados de la acción resolutoria demandada por los abogados abogados Héctor Javier Santos Plazas y Edwuard Ernesto Klemm Mujica, en su condición de apoderados judiciales de la empresa mercantil T Ven Cable, C.A.