declara: CON LUGAR la RECTIFICACION DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO del ciudadano: DIEGO ANTONIO MOLINA FIGUEREDO, signada bajo el N° 97, inserta en el folio 36, del Libro del Registro Civil para Nacimientos, llevada en el año 1962 por el Registro Civil del Municipio Páez (antes Distrito Urachiche) del Estado Yaracuy e igualmente inscrita en el Registro Principal del Estado Yaracuy. En el sentido que donde aparezca el error sea corregido de la manera siguiente: Identificaron al padre como DIEGO ANTONIO MOLINA siendo lo correcto DIEGO MOLINA CHICLANA, de estado civil SOLTERO siendo lo correcto CASADO y natural del MUNICIPIO PAEZ siendo lo correcto RUS, PROVINCIA DE JAEN, ESPAÑA.
Publíquese, regístrese, déjese copia y ejecútese la anterior sentencia y con oficios se remitirán copias certificadas de dicha sentencia, una de ellas a la Coordinación de Registro Civil del Municipio José Antonio Páez del Estado Yaracuy y otra al Registro Principal del Estado Yaracuy, una vez que la parte inter.....