Por las razones que se expusieron, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara INCOMPETENTE por el territorio para conocer del presente recurso contencioso administrativo de nulidad, conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos, ejercido por el Abg. José Luis Ojeda, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 95.594, actuando en nombre y representación de los ciudadanos Diogelin del Carmen Freitez Pérez, Amarilys Landinez Ilarraza, Guillermo Antonio Arroyo López, Domingo Antonio Castillo Méndez, Ronal Yair Bolívar Ortega y Gustavo Jesús Jallaro González, identificados ut supra, contra el acto administrativo contenido en la providencia administrativa N° 1600 de fecha 31-10-2012 dictada por la Inspectoría del Trabajo "Pió Tamayo" del estado Lara; en consecuencia, se DECLINA LA COMPETENCIA al Juzgad.....