En virtud de las razones expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: CON LUGAR la pretensión de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS seguida por la ciudadana LAIDEN MARIA PIMENTEL contra el INSTITUTO AUTONOMO DE LA SALUD DEL ESTADO YARACUY (PROSALUD). SEGUNDO: Se condena a la parte demandada al pago de los conceptos y de las cantidades que se indiquen en el texto integro de la sentencia. TERCERO: NO HAY CONDENA EN COSTAS a la parte demandada conforme a criterio establecido en sentencia de fecha 04-04-2006 de la Sala de Casación Social/ Caso: TRINA BETANCOURT Y OTROS Vs CORPOSALUD-ARAGUA. CUARTO: El Tribunal se reserva el lapso establecido en el artículo 159 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo para la publicación del texto íntegro de la sentencia.