Actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD, a favor de la ciudadana: SULI MARINA RODRIGUEZ RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-4.964.052, Sin Perjuicios de Terceros de Iguales o Mejores Derechos, sobre unas bienhechurías construidas sobre un lote de terreno Municipal, ubicado en la Calle 7 entre Avenidas 12 y 13, Comunidad la Peñita Chivacoa Municipio Bruzual Estado Yaracuy, con una superficie que mide: CIENTO DIEZ METROS CUADRADOS CON SETENTA CENTIMETROS (110,70 m2)