Por todas las consideraciones antes expuestas; este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la solicitud de MEDIDA AUTÓNOMA O AUTOSATISFACTIVA planteada por el ciudadano Gustavo Villegas, suficientemente identificado en autos, y seguida oficiosamente por este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, tendiente al mantenimiento de la seguridad agroalimentaria de la Nación, aseguramiento de la biodiversidad y la protección ambiental.
SEGUNDO: En virtud de la especial naturaleza del fallo no hay condenatoria en costas.
TERCERO: Se ordena la publicación del presente fallo en el portal web del Tribunal Supremo de Justicia.