PARTE DISPOSITIVA
En mérito a las consideraciones que anteceden, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, procediendo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: Con lugar la acción judicial que por impugnación de reconocimiento de paternidad, fue interpuesta por el ciudadano URIC ENRIQUE MELENDEZ MENDEZ, en contra del ciudadano LUIS BELTRAN MELENDEZ ORTIZ.
SEGUNDO: Como consecuencia del anterior pronunciamiento se declara la nulidad del reconocimiento de filiación paterna efectuado por el ciudadano LUIS BELTRAN MELENDEZ ORTIZ, por no ser el padre biológico del ciudadano URIC ENRIQUE MELENDEZ MENDEZ.
TERCERO: Como quiera que se ha anulado el reconocimiento de filiación, efectuado por el ciudadano LUIS BELTRAN MELENDEZ ORTIZ, con respecto al demandante ciudadano URIC ENRIQUE MELENDEZ MENDEZ; en lo sucesivo esté último, no usará el apellido "MELE.....