En mérito de las anteriores consideraciones, esta Juzgadora de los Municipios Urachiche y José Antonio Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en sede de asuntos de Alimentos, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda de AUMENTO DE OBLIGACION DE MANUTENCION, interpuesta por la ciudadana MARLY DEL CARMEN VASQUEZ VASQUEZ, en representación de su hijo identidad omitida, en contra del ciudadano FRANTONY RAFAEL PADILLA SAAVEDRA, antes identificados.- SEGUNDO: Se condena al demandado FRANTONY RAFAEL PADILLA SAAVEDRA, a aumentar la Pensión de Alimento de su hijo identidad omitida, MIL NOVECIENTOS BOLIVARES (Bs. 1.9000,00) mensual a TREINTA MIL BOLIVARES (Bs. 30.000,00) mensual; la cantidad de CUATRO MIL BOLIVARES (Bs. 4.000,00) a la cantidad de CIEN MIL BOLIVARES (Bs. 100.000,00) por concepto de Aguinaldos en el mes de diciembre de cada año, y se incluye el monto de SESENTA MIL .....