Visto que las partes en la celebración de la audiencia de juicio, estuvieron de acuerdo en la utilización de un medio alterno de resolución de conflicto de conformidad con los artículos 257 y 258 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, se realizó una audiencia de mediación y las partes acordaron que: El Ciudadano ANYER NAZARETH OCHOA RODRIGUEZ, pasará a su hija la niña DANIELA VALENTINA OCHOA LOPEZ la cantidad de MIL BOLIVARES (BS. 1.000,00) mensuales, con ocasión de gastos por útiles y uniformes escolares en el mes de agosto, ya que la niña actualmente se encuentra estudiando preescolar ofrece la cantidad que por ese concepto le otorga el Ministerio del Poder Popular para la Defensa, Ejército Bolivariano, para lo cual pide a la madre de la niña le haga llegar la partida de nacimiento de la niña a fin de remitirla a Personal para que le sean cancelados el bono por útiles escolares y por bono decembrino y pasará la cantidad de DOS MIL BOLIVARES (Bs. 2.000) más el .....