este Tribunal actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor de la ciudadana LESBIA MARGARITA ARTEAGA LÓPEZ, venezolana, divorciada, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. V-7.594.696, sobre un lote de terreno propiedad del Municipio, que mide VEINTIÚN METROS CUADRADOS CON VEINTISIETE CENTÍMETROS (21,27 Mts2); y un área de construcción tipo local de VEINTIÚN METROS CUADRADOS CON VEINTISIETE CENTÍMETROS (21,27 Mts2) (tal como se evidencia en el informe técnico anexo); unas bienhechurías consistente de un local con paredes de bloques, piso de cemento, techo de acerolit, un baño común con todos sus accesorios lavamano y poceta, ventana de hierro con protector, puerta de hierro con protector, ubicada en la Calle 15, entre avenidas 08 y 09, local S/N, Parroquia San Felipe .....