Se declaro CON LUGAR la demanda de COLOCACIÓN FAMILIAR. Se estableció que los padres biológicos pueden visitar a su hijo en el hogar donde éste habita, las veces que lo consideren necesario, en el horario que no interrumpa sus horas de comidas, descanso y estudios; y la guardadora, debe permitir la realización de estas visitas, asimismo debe permitir que el niño de autos comparta con sus hermanos