En base a las anteriores consideraciones este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley. DECLARA: PRIMERO: SE SUSPENDE la presente causa de RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA DE DOCUMENTO PRIVADO hasta tanto se cite a los herederos conocidos de la ciudadana YSABEL CRISTINA SÁNCHEZ DE VALLADARES (+), quien era venezolana, mayor de edad, hábil en derecho y titular de la cédula de identidad V-7.559.291, conforme a lo previsto en el artículo 144 del Código de Procedimiento Civil. SEGUNDO: SE ORDENA EMPLAZAR POR EDICTO A LOS HEREDEROS DESCONOCIDOS de la ciudadana YSABEL CRISTINA SÁNCHEZ DE VALLADARES (+), quien era venezolana, mayor de edad, hábil en derecho y titular de la cédula de identidad V-7.559.291, y quien se encontraba domiciliada o residía en la calle 6, cas.....