este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la presente solicitud de CONVERSIÓN EN DIVORCIO DE LA SEPARACIÓN DE CUERPOS de los ciudadanos CARMEN ELISA CASTILLO VARGAS y JUAN JOSE GIMENEZ MARTINEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-11.271.042 y V-10.859.224 respectivamente. En consecuencia de conformidad con lo previsto en el artículo 762 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA EL DIVORCIO en los términos y condiciones acordados en el escrito de solicitud inserto a los folios 1 al 2, y la solicitud de conversión inserta al folio 19 del presente expediente. Por lo que queda DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que unía a los ciudadanos CARMEN ELISA CASTILLO VARGAS y JUAN JOSE GIMENEZ MARTINEZ, venezolanos, m.....