ORDENAR al demandante subsanar dentro del plazo de cinco (5) días de despacho siguientes al de hoy, su demanda, realizando las siguientes correcciones
PRIMERO: indicar correctamente el domicilio del demandado proporcionando una dirección precisa, es decir; la calle o avenida, vereda, camino etc., el número de la vivienda si lo tuviere, un punto de referencia si lo hubiere, el sector donde se encuentre la vivienda o el lugar de trabajo del demandado, todo lo cual es de suma importancia para los efectos de practicar la citación y
SEGUNDO: acompañar los instrumentos en que se fundamente la pretensión esto es, aquéllos de los cuales se derive inmediatamente el derecho deducido y, que debieron producirse con el libelo de demanda.
En caso de incumplimiento de la subsanación que se ordena, se procederá a declarar inadmisible la pretensión y su posterior archivo.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de conformidad con lo previsto en el Artículo 248 del Código de Procedimiento.....