REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DEL MUNICIPIO NIRGUA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
Nirgua, Doce de Febrero del año Dos Mil Siete.-
196º y 147º
Por cuanto de las actas que conforman el presente expediente, se evidencia que los ciudadanos: FRANKLIN ANTONIO GONZALEZ AGUIAR y ROSA ELENA GUERRA PINTO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros V.- 18.436.021 y V- 15.457.034, han llegado a un amistoso convenimiento ante este Tribunal en cuanto a la presente solicitud a favor de las Niñas: (Identificación Reservada), han llegado a un amistoso convenimiento ante este Tribunal en cuanto a la presente solicitud a favor de los citados niños, donde el padre se comprometió ha depositar la cantidad de SESENTA MIL BOLIVARES (Bs. 60.000,oo) SEMANALES, a partir del día Viernes 16/02/07, de la misma manera se comprometió ha contribuir con el Cincuenta Por Ciento.....