Dispositiva
El tribunal de Juicio 3 oídos los argumentos de las partes, verificado de las actuaciones y de lo observado en la audiencia, determina que el ciudadano Juan Pablo Orta Ochoa es una persona distinta al imputado de autos y en consecuencia, este tribunal de Juicio No. 3 en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide en los siguientes términos:
PRIMERO: Se acuerda la libertad plena del ciudadano Juan Pablo Orta Ochoa, titular de la cédula de identidad No. 7.517.245.
SEGUNDO: Se acuerda oficiar a la Comandancia de Policía a fin que informe si el ciudadano Juan Pablo Orta, titular de la cédula de identidad No. 17.072.883 , se encuentra allí detenido y en caso de ser negativa la respuesta informe que tribunal le otorgó libertad.
TERCERO: Se acuerda oficiar a la Fiscalía Superior del Estado Zulia a fin que inicie investigación sobre privación de libertad de Juan Pablo Orta Ochoa, titular de la cédula de identidad No. 7.517.245, con.....