ORDENA: Remitir mediante oficio el expediente Nº 00160, al Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil de Transito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, ya que la presente demanda es un Interdicto Restitutorio es de naturaleza Civil.
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA
Debidamente firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, con sede en la población de Chivacoa a los doce (12) días del mes de marzo del año dos mil ocho (2.008). Año 197° de la Independencia y 149° de la Federación.
El Juez
Abg. José O. Monsalve Rivas.
Abg. Rafael A. Larios A.
Secretario Suplente
En esta misma fecha, siendo las 10:00 a.m. se publicó y registró la anterior decisión.
Abg. Rafael A. Larios A.
Secretario Suplente
JOMR/RAL/yp
EXP.:000160