Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio 185-A, presentada por los ciudadanos ALONZO GAVIEL ZAPATA FORTE y ARELIS DEL CARMEN SOTELDO ARRIECHI, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Números V- 7.593.924 y V- 6.703.923, respectivamente. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo Conyugal, que contrajeron, en fecha veintitrés (23) de Diciembre del (1.986) según se evidencia de la CERTIFICACIÓN del Acta de Matrimonio expedida por el Coordinador Municipal de Registro Civil Del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, la cual se encuentra inserta bajo el Acta Nº 152, en los Libros de Registro Civil de Matrimonios, llevados por dicho despacho; Dicha certificación del Acta de Matrimonio fue consi.....