DECLARA:
PRIMERO: PROCEDENTE en derecho la admisión y reconocimiento efectuado por el ciudadano FRANCISCO SÁNCHEZ RODRÍGUEZ, extranjero, de nacionalidad Española, agricultor, titular de la cédula de identidad Nº E-203.821 y domiciliado en la Urbanización La Ascensión, calle 5, casa Nº 24, Municipio San Felipe, estado Yaracuy, debidamente asistido por la abogada en ejercicio CARMEN OLAIDA CASTRO RODRÍGUEZ, Inpreabogado Nº 113.870, de los hechos esgrimidos en la demanda efectuada por el ciudadano HENRY ESPINOZA HERNÁNDEZ, debidamente asistido por la abogada en ejercicio JHENNYS MARISIL MEJÍAS LISCANO, Inpreabogado Nº 101.903.
SEGUNDO: COMO CONSECUENCIA DEL ANTERIOR PRONUNCIAMIENTO, se imparte el carácter de sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada a la admisión y reconocimiento efectuada por la parte demandada, de conformidad con lo establecido en el artículo 363 del Código de Procedimiento Civil.
TERCERO: CON LUGAR LA ACCION DE INQUISICIÓN DE PATERNIDAD, interpuesta por e.....