este Juzgado de los Municipios Sucre, La Trinidad y Arístides Bastidas de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO 185-A, presentada por los ciudadanos ANGEL ROSENDO MORA SANCHEZ y MARIELA DEL CARMEN FUENTES GIMENEZ, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-13.986.669 y V-17.698.961 respectivamente y DECLARA LA DISOLUCIÓN DEL VINCULO MATRIMONIAL CONTRAIDO ENTRE ELLOS el día doce (12) de Diciembre del 2003, por ante la Prefectura del Municipio La Trinidad del Estado Yaracuy, Según acta de matrimonio N° (18), folio N° (32), del Libro de Registro Civil de Matrimonios.