ACUERDA HOMOLOGAR EL CONVENIO SUSCRITO ENTRE LAS PARTES EN SUS PROPIOS TÉRMINOS, impartiéndosele la debida aprobación. Téngase pasado como en sentencia con autoridad de cosa juzgada. En consecuencia queda establecido que el obligado se comprometió a aportar para su hijo la Cantidad de DOSCIENTOS CINCUENTA BOLÍVARES quincenales, a partir del 15-06-2012 y se los entregará directamente a la madre de su hijo ciudadana ANA YSABEL CORONA LUCENA, como también aportará el cincuenta por ciento (50%) de los gastos de medicina, asistencia médica, uniformes, útiles escolares en cada mes de septiembre, estrenos y aguinaldos en cada mes de diciembre. Dicha cantidad corresponde al 28% del salario mínimo actual, el cual es de (Bs. 1.780,45) y se incrementará en la medida en que aumente el ingreso que por concepto de sueldos perciba el obligado de autos o el incremento de los ingresos percibidos producto del ejercicio libre de la actividad comercial, todo lo cual está previsto en la Ley Orgánica p.....