ACUERDA HOMOLOGAR EL CONVENIO SUSCRITO ENTRE LAS PARTES EN SUS PROPIOS TÉRMINOS, impartiéndosele la debida aprobación. Téngase pasado como en sentencia con autoridad de cosa juzgada. En consecuencia queda establecido que el obligado aportará a su hija la cantidad de DOSCIENTOS BOLIVARES QUINCENALES para su manutención, que será depositada en la cuenta de ahorros N° 1750173920061082350, Banco Bicentenario, a nombre de la demandante de autos, Adolescente (OMITIDO EL NOMBRE), de xxxxx (xx) años de edad, con cédula de identidad N° 24.543.415, a partir del 15-07-2012, así como también cumplirá con la mitad de los gastos de medicinas, asistencia médica, para los gastos de estrenos y aguinaldos en el mes de diciembre cubrirá el cien por ciento, reconocerá a su hija y tramitará para que sea incluida en su seguro médico para que goce de todos los beneficios que le corresponden. Dicha cantidad corresponde al 22.47% del salario mínimo actual, el cual es de (Bs. 1.780,45) y se incrementará en la.....