DECISIÓN
Por las razones expuestas, esta Corte Superior de la Sección Penal de Adolescente Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE, la Acción de Amparo incoada por el Abogado Yilder Sánchez, actuando como defensor del adolescente cuya identidad se omite conforme al artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, contra la decisión dictada por la Juez de Primera Instancia en funciones de Control Nº 1 de la Responsabilidad Penal de la Sección de Adolescente de este Circuito Judicial Penal. Regístrese, Publíquese y Notifíquese.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Audiencia de la Corte Superior de la Sección Penal de Adolescente, en San Felipe, Estado Yaracuy, a los doce (12) días del mes de Julio del Año Dos Mil Quince (2015). Años: 206° de la Independencia y 157° de la Federación.
Los Jueces de la Corte de Apelaciones
ABG. DA.....