Es por lo que este Tribunal Segundo de Mediación y Sustanciación del Régimen Procesal Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda reponer la causa al estado de librar Boleta de Notificación a las partes ciudadanos MANUEL ANTONIO APONTE SALCEDO y MARISHAY DEL CARMEN MATTEY LEAL, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nº V-12.080.586 y V-14.314.224, a los fines de que comparezcan por ante este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Régimen Procesal Transitorio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes, a que conste en autos la certificación de la secretaria de haberse cumplido con la última notificación que de las partes se haga; a los fines de q.....