Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 12, 243, 82.15º y 84 del Código de Procedimiento Civil; 26, 49 y 257 contenidos en la Carta Magna, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la inhibición planteada por el ciudadano ORLANDO LAGOS VILLAMIZAR, en su carácter de Juez Décimo Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el juicio que por DESALOJO incoaran los ciudadanos MANUEL FERNÁNDEZ DE FREITAS y AUGUSTO VIEIRA DE FREITAS, contra los ciudadanos GERARDO CONSTANTINO BAPTISTA y AVELINO MARIO RODRÍGUEZ.
SEGUNDO: En acatamiento a la sentencia con carácter vinculante de fecha 23 de noviembre 2010 dictada por la Sala Constituci.....