Este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, sede San Felipe, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que la Ley, le imparte, en este acto, la HOMOLOGACIÓN JUDICIAL, al acuerdo transaccional alcanzado por las partes en este proceso de mediación, única y exclusivamente en cuanto al pago de los conceptos laborales que expresamente fueron señalados, reclamados y cuantificados en el libelo por la parte actora, exhortando a las partes a cumplir de buena fe los acuerdos contenidos en la presente acta, siempre que estos no violen o vulneren los derechos irrenunciables consagrados en las disposiciones legales que a favor de los trabajadores rigen la materia de autos, dándole efecto de Cosa Juzgada; en consecuencia, se ordena el cierre y archivo del expediente en la oportunidad procesal que corresponda.