PRIMERO: La reposición de la causa al estado de acordar nuevamente la citación de los posibles herederos desconocidos del de cujus RAMON EFRAIN SILVA GRATEROL, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número V-812.409, mediante la publicación del Edicto correspondiente, el cual se fijará en la cartelera del Tribunal y se publicará en dos (02) periódicos de mayor circulación en la localidad, dos (02) veces por semana, durante sesenta (60) días continuos, conforme al Artículo 231 del Código de Procedimiento Civil, a cargo de la parte interesada. SEGUNDO: Como consecuencia de lo decidido en el numeral PRIMERO, se anulan las actuaciones posteriores al auto de admisión dictado en fecha 04/10/2016 (folio 24 y vto) de la presente demanda, excepto las actuaciones contenidas de los folios 28 al 30. TERCERO: No hay condenatoria en costas por la naturaleza de la presente decisión. Líbrese nuevo Edicto, una vez que quede firme la presente decisión.
Publíquese, regístrese y déj.....