justo valor probatorio. Asimismo, consta cursa a los folios 29 al 31, copia certificada de la sentencia dictada por el TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES de este circuito judicial, en fecha treinta y un (31) días del mes de enero de 2014, donde se nombró a la solicitante ciudadana YSAURA LIGIA PÉREZ JIMENEZ, titular de la cédula de identidad Nº 12.554.632, como Tutora Interina del adolescente de autos, la referida documental es apreciada por esta Juzgadora y le otorga su justo valor probatorio, por ser tratarse de documento público.
Visto que de autos se evidencia que fueron cumplidas las actuaciones necesarias para la procedencia de la presente solicitud, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Aut.....