Por las razones expuestas este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la Abogado BEATRIZ DE BENITEZ, Inpreabogado Nro. 30.898, Apoderada Judicial del Ciudadano MARCOS GALLONES, parte actora, contra la sentencia dictada en fecha 21 de enero de 2005 por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, por coincidir esta Alzada con el Tribunal a-quo en que conserva todo su valor probatorio la carta de renuncia al no haber sido comprobada su invalidez.
SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda de CALIFICACION DE DESPIDO seguida por el ciudadano MARCOS GALLONES contra TALLER MECÁNICO FRAVERCA, C.A.
TERCERO: SE CONFIRMA la sentencia apelada.
CUARTO: NO HAY CONDENATORIA en costa.....