Considera esta Instancia, que en el caso concreto de la MEDIDA IMNOMINADA de PROHIBICION DE CONTINUAR LA CONSTRUCCIÓN solicitada sobre el bien inmueble, no se encuentran llenos los extremos de Ley, por lo tanto no puede decretarse y así se declara.
Por todas las consideraciones anteriormente expuestas este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, NIEGA LA SOLICITUD DE MEDIDA IMNOMINADA de PROHIBICION DE CONTINUAR LA CONSTRUCCIÓN SOLICITADA POR LA PARTE ACCIONANTE POR NO LLENAR LOS EXTREMOS DE LEY, y así se decide.-
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. En San Felipe a los 13 días del mes de abril d.....