Declara CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 17 de diciembre de 2008 por la apoderada judicial de la parte demandada contra la sentencia dictada el 16/12/2008, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, donde no repone la causa de liquidación y partición de la comunidad conyugal.
En consecuencia, se anula el fallo dictado el 16/12/2008 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de esta circunscripción y se ordena dictar sentencia definitiva pronunciándose sobre el mérito del asunto, tanto respecto a la demanda principal como de la reconvención planteada en la contestación. Así se decide.