DISPOSITIVA
Con fundamento a lo antes expuesto, este Juzgado del Municipio Nirgua de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente acción y
como consecuencia establece al ciudadano: CARLOS RÚBEN VILLEGAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 14.710.171 y de este domicilio, la obligación de:
Primero: Cumplir con el pago de una obligación de manutención mensual a favor de sus hijos de los niños: (Identificación Reservada), y de este domicilio, por la cantidad de QUINIENTOS VEINTISIETE BOLIVARES (Bs. 527,00) mensuales, es decir la cantidad de DOSCIENTOS SESENTA Y TRES BOLIVARES (Bs. 263,00) Quincenales o de CIENTO TREINTA Y UN BOLIVARES CON SETENTA Y CINCO CENTÍMOS (Bs. 131,75) semanales, según si la forma en que obtiene el salario el demandado es mensual, quincenal o semanal, que deberá entregar directamente a la madre de los referidos benefic.....