Actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD, a favor del ciudadano: ALCIDES ANTONIO GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-2.972.241, Sin Perjuicios de Terceros de Iguales o Mejores Derechos, sobre unas bienhechurías construidas sobre un lote de terreno propiedad Municipal, ubicado en la Avenida 5 entre Calles 20 y 21, Comunidad Peguaima Chivacoa Municipio Bruzual Estado Yaracuy, con una superficie que mide: CIENTO SEIS METROS CUADRADOS CON CINCO CENTIMETROS (106,05 Mts2)