..., DECLARA: PRIMERO: La nulidad del auto de fecha 03 de junio de 2014, mediante el cual se ordenó tramitar la segunda instancia conforme el procedimiento breve, con fundamento en lo dispuesto en los artículo 206 y 211 del Código de Procedimiento Civil, SEGUNDO: En apego al artículo 43 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Regularización del Arrendamiento Inmobiliario para el Uso Comercial, ordena la continuación del iter procesal a través del procedimiento oral, previsto en los artículos 859 al 880 del Código de Procedimiento Civil, que ordena en segunda instancia aplicar lo dispuesto en relación al juicio ordinario, esto es, acuerda conforme lo dispuesto en el artículo 879 en concordancia con el artículo 517 ejusdem, fijar el vigésimo día de despacho siguiente al de hoy para que las partes presenten informes.