PRIMERO: CON LUGAR la Recusación planteada por el apoderado judicial de la parte actora, abogado LUIS EDUARDO DOMINGUEZ ESCALONA, conforme al ordinal 15 del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, en el Juicio de DESALOJO DE INMUEBLE (LOCAL COMERCIAL) incoado por los ciudadanos LUCIO GONZÁLEZ GARCÍA y ANTONIO MARÍA CLARET GONZÁLEZ GUTIÉRREZ contra de los ciudadanos DONATO GIAMPAOLO y CARLOS HERMOGENES ARCAY CEBALLOS.
SEGUNDO: De conformidad con sentencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia N° 1175 de fecha 23 de noviembre de 2010, publicada en Gaceta Oficial Nº 39.592, de fecha 12 de enero de 2011, se ordena la notificación al Juez recusado y remítase la presente incidencia. Líbrese oficio.