Por las razones de hecho y fundamentos de derecho antes expuestos, en aras de lograr Justicia y Paz Social en el campo; este Juzgado Superior Agrario del Estado Yaracuy, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley Decide:
1.- Se declara COMPETENTE para conocer del Recurso de apelación interpuesto mediante escritos de fechas veintiocho (28) de mayo del año 2009, el primero consignado por la Abogada YARIANA SUÁREZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 96.761, apoderada judicial de la ciudadana MARÍA RAIMUNDA SUÁREZ, C.I. 4.478.025, en calidad de tercera interviniente en la presente causa, y el segundo escrito de apelación propuesto por el Abogado HENRY JACOB MOTA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 13.181, en el carácter de apoderado Judicial de la parte demandada en la presenta causa ciudadanas: SUAREZ ALEIDA ROSA, SUAREZ NEPTALI, SUAREZ PEDRO PABLO, SUAREZ FE.....