Revisadas las actuaciones del expediente, constan los siguientes documentales: Copia certificada del acta de nacimiento de la niña (Identidad omitida de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), de 10 años de edad, residenciada en el Municipio Cocorote del Estado Yaracuy, cursante al folio 4 de este expediente, del cual se evidencia la cualidad de hija de la niña de autos con los ciudadanos
Constancias cursantes a los folios 6 al 8, las mismas se refieren a documentos emanados de terceros, y que no fueron ratificados mediante la prueba testimonial, tal como lo exige el 431 del código de Procedimiento Civil, por lo que sólo tienen el valor de presunción, pero que adminiculados en conjunto con las otras pruebas, resultan suficientes para acreditar la procedencia de la presente solicitud, ya que de las mismas se desprende que existe una relación de dependencia entre el solicitante el ciudadano CARLOS ALBERTO OVIEDO ARTEAGA,.....