En consecuencia, se ordena la corrección de la referida Acta de Nacimiento, la cual se encuentra inserta con el Nº 325 de los Libros de Nacimientos del año 2004, llevados por el Registro Principal del estado Yaracuy y Registro Civil del Municipio Sucre del Estado Yaracuy, a los fines que se corrija el error en el estado civil de la ciudadana ELVIS MARISELA CAUTELA PARRA, como DIVORCIADA, por ser lo correcto y cierto.
Expídanse copias certificadas de la presente decisión y con oficios remítanse a la Coordinación del Registro Civil del Municipio Sucre del estado Yaracuy, al Registro Principal del Estado y a la Oficina Regional Electoral del estado Yaracuy del Consejo Nacional Electoral remitiendo copia certificada de la presente sentencia respectivamente, de conformidad con el artículo 502 del Código Civil en concordancia con el artículo 774 del Código de Procedimiento Civil y el artículo 3 de la Ley Orgánica de Registro Civil. Se designa correo especial a la solicitante ELVIS MARISE.....