Vista la diligencia inserta al folio que antecedes, suscrita y presentada por la abogada en ejercicio JHOLEESKY DEL VALLE VILLEGAS ESPINA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Numero V-6.802.002 e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 29.076, actuando en su condición de coapoderada judicial de la sociedad mercantil AGROPECUARIA "SAN PEDRO" C.A, debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, en fecha, 19 de diciembre de 1994, bajo el número 15, tomo 6- A, y ultima Acta de Asamblea General Ordinaria de Accionistas, protocolizada por ante el referido Registro, en fecha,13 de septiembre de 2021, bajo el numero 39, Tomo 20-A RM 466, parte recurrente en la presente causa, en la cual expone: "(...) Solicito (...) y otro juego de copia certificada de Decisión interlocutoria inserta en la pieza de medida relacionada con los fundamentos de derecho plasmados para decretar la suspensión.....