Esta CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO YARACUY, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso interpuesto por los Abogados: Norma Delgado Aceituno y Félix Herrera Tovar actuando como defensores privados del ciudadano Néstor Alejandro Arzola Olmos, contra el Auto que dictara la Jueza de Ejecución Nº 1 de este Circuito Judicial Penal en fecha 12 de julio 2013, en el cual declaró sin lugar el pedimento de suspender la pena accesoria de inhabilitación política a su patrocinado, confirmando en cada una de sus parte el Auto Apelado.