Acto seguido y una vez verificada la asistencia de las partes, considera este Tribunal que en ocasión a la comparecencia de la parte Actora en la persona del ciudadano: ARCADIO AGUIRREZ, antes identificado, sin representación o asistencia de abogado a la Celebración de la audiencia de juicio, y a los fines de garantizar el Debido Proceso, la Tutela Judicial Efectiva y el Derecho a la Defensa que tienen las partes; acuerda DIFERIR la Celebración de la Audiencia y a tal efecto se fija para el día LUNES 30-11-2009, A LAS 10:00 M. Se difiere para esta fecha por estar fijadas otras Audiencias los días anteriores. Asumiendo cada parte la obligación de comparecer en la oportunidad indicada, ya que la inasistencia de alguno de ellos acarrearía las consecuencias jurídicas previstas en la Ley.