Por todas las consideraciones antes expuestas; este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Se declara IMPROCEDENTE la oposición planteada en fecha nueve (09) de agosto del año (2011), por la abogada ROCIO CAMACHO COLMENARES, actuando en su carácter de apoderada judicial del INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS (INTI).
SEGUNDO: Se ADMITE el recurso de apelación planteado por el abogado FRANDY ALEXIS COLMENAREZ, en su carácter de DEFENSOR PÚBLICO TERCERO en Materia Agraria, Adscrito a la Defensa Pública del Estado Yaracuy; en tal sentido, se acuerda oír la apelación libremente conforme lo dispone el artículo 290 del Código de Procedimiento Civil. Como consecuencia de lo anterior, se ordena remitir el presente expediente, a la Sala de Casación Social en Sala Especial Agraria del Tribunal Supremo de Justicia. Líbrese Oficio. Cúmplase.
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