esta Corte de Apelaciones Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara CON LUGAR el recurso de apelación formalizado por los abogado MIGUEL ALFREDO BERMUDEZ, quien obra en calidad de abogado de confianza del ciudadano FRANCISCO JAVIER COLMENAREZ y en consecuencia conforme a lo establecido en el artículo 195 de la norma adjetiva Penal, se anula en todas y en cada una de sus partes el auto apelado al haber sido dictado con inobservancia de las normas constitucionales y legales en los términos ya señalados, por lo que se anula el acto de celebración de la audiencia preliminar realizado el día 24 de Abril de 2008 y los fundamentos de hecho y de derecho de fecha 06 de Mayo de 2008 insertos en el asunto principal UP01-P-2007-3270, como consecuencia de ello, se repone la causa al estado que se encontraba antes de la celebración del acto de audiencia preliminar, para que dicho acto se celebre por un Juez distinto al que dictó el a.....